Es muy posible que en nuestra institución veamos algunos actos de bullying que no estemos tomando en cuenta o seamos víctimas de estos y no sepamos qué debemos hacer, sea cual sea el escenario lo peor que debemos hacer es quedarnos callados ante este problema, pues lo único que resultará es que siga creciendo y empeorando.
¿Pero qué podemos hacer?
El bullying se encuentra penalmente registrado como un acto agresivo hacia la integridad completa de la persona y puede ser sancionada por la Ley de Protección a los Niños y Jóvenes, así que, aunque pueda resultar difícil y temeroso, hay que tomar las riendas de nuestro bienestar y denunciarlo.
¿Qué conductas están penalizadas?
- Lesiones físicas: Golpes, empujones, cicatrices
- Amenazas y calumnias: Chantajes, manipulaciones, intimidaciones para conseguir algo de esa persona.
- Coacciones e injurias: Comentarios inventados, chismes y actos de falsas acusaciones
- Agresiones y abusos sexuales: Intimidaciones, lesiones, insultos sexuales.
Además, están penalizadas las acciones de:
Vigilancia, persecución o contacto físico por parte del agresor a su víctima de forma continua e intencionada
Establecer contacto de algún modo con la persona, de forma directa o indirecta a través de medios de comunicación o por terceras personas
Usar indebidamente sus datos personales para calumniar o chantajear, creando falsas acusaciones, falsos testimonios, adquiera productos, mercancías, contrate servicios en su nombre o realice contacto con otras personas.
Atentados contra los bienes materiales de la persona o de los allegados a esta.
Estos actos deben ser de manera recurrente, intencionada y agravada, cosa que sucede en el bullying tanto dentro como fuera de la institución en muchos casos, dejando a cualquiera desprotegido e inseguro sin importar las circunstancias. Por eso, si te ves que alguien está pasando por esto o tú eres víctima de bullying, ya sabes que puedes resolverlo mediante cuestiones legales.